lunes, diciembre 04, 2006

“No Tax without Representation”

El Poder Ejecutivo, merced al proyecto de ley 715-2006-PE, ha solicitado al Parlamento la delegación de facultades para legislar en materia tributaria por un plazo de 90 días. Para Alan García y su Consejo de Ministros, el fundamento principal de su solicitud es la preocupación y consideración de que los ingresos tributarios no han superado el 15% del PBI, a pesar de los 15 años de reformas tributarias y políticas fiscales neoliberales, impulsadas desde la década de los noventa.

Si nos remontamos a la historia jurídica normativa, los decretos legislativos fueron concebidos para que órganos distintos al Parlamento pudieran ejercer ad hoc facultades legislativas, por un tiempo determinado, en ciertas materias específicas, y en virtud a una ley autoritativa emanada del “Poder Legislativo”. La historia política reciente nos demuestra que al amparo de decretos legislativos y decretos de urgencia, con un Congreso timorato, cómplice, e inepto, Fujimori legisló cuando quiso y cuanto pudo, y al parecer su aliado García intenta heredar las mañas del prófugo.

El perfil neoliberal del APRA y la traición a los postulados de papá Haya lo expresa el párrafo siguiente: “La situación actual no es más que el reflejo de la apertura comercial, la tendencia que se aprecia en los países en vías de desarrollo de reducir la carga tributaria sobre el capital en su afán por atraer inversión extranjera directa y de las grandes limitaciones del Estado para identificar adecuadamente los ingresos de los contribuyentes, debido a la informalidad y la cada vez mayor movilidad del capital y el trabajo” (exposición de motivos, pág. 5).

¿Para qué modificar el sistema tributario nacional? De acuerdo con el Gobierno para incrementar la presión tributaria, formalizando la economía, sancionando la evasión fiscal, implementando los mecanismos de fiscalización, y potenciando la imposición indirecta. Pero, ¡¡oh sorpresa!! Aspectos como la eliminación de impuestos antitécnicos (ITF); la corrección de perversiones que imposibilitan que los que ganen más tributen más; la revisión de la situación tributaria de las empresas mineras; la eliminación de exoneraciones irracionales; la creación de un impuesto a las sobreganancias mineras; y, la puesta en marcha de la ansiada descentralización fiscal, son omitidos expresamente por los “técnicos” del MEF.

Y es que claro, así se establezcan impuestos a futuro, o se quiten exoneraciones inútiles, estos cambios no afectarían a los contribuyentes que han suscrito contratos de estabilidad tributaria, en virtud a su naturaleza de contratos leyes, otorgadas por las gestiones fujimorista, toledista, y acaso aprista. Por el contrario, las actividades menores sujetas al régimen único simplificado (bodegas, tiendas, negocios menores, restaurantes, etc.) y al régimen especial de impuesto a la renta (agentes que inician actividades comerciales o empresariales) si experimentarán los cambios tributarios.

Para fundamentar la solicitud de facultades legislativas, el Gobierno se escuda en los “técnicos” y tributaristas nacionales, pero los obvia a la hora de mantener la vigencia de impuestos antitécnicos como el ITF, fuertemente cuestionado en el momento de su creación. Asimismo, apela a la benevolencia de legislar vía decreto, amparándose en la constitución política, según la cual los decretos legislativos están sometidos a un control ex post a cargo del Congreso. Pero si el Parlamento no tiene la cualificación requerida para dar normas tributarias, y por ello debe delegar ¿Es razonable pedir a un incapacitado que controle ex post la actividad legisferante del Poder Ejecutivo en materia tributaria?

Los apristas deben entender que el tema tributario es probablemente el más sensible de todas las materias del ámbito público. El título de este artículo recuerda la expresión que, entre otras, alimentó la revolución inglesa de 1688 y a la posterior revolución de las 13 colonias norteamericanas en 1776. Históricamente uno de los móviles de pugna entre Ejecutivo y Legislativo era el hecho que el monarca no podía establecer tributos dado que no representaba al pueblo, siendo el Parlamento el único facultado para ello.
La historia ha cambiado y es perfectamente legítima la autorización para legislar en materia tributaria. No obstante, los partidos de oposición y la ciudadanía debemos estar alertas, pues muchas de estas medidas, a veces, encubren ventajas y favores del Poder Ejecutivo a grandes grupos de poder y multinacionales extranjeras. Al fin y al cabo, lo expresado por el premier Del Castillo, sobre la perversión de la estabilidad laboral absoluta, pone de manifiesto que el APRA gobierna para los empresarios y no para el país.
04/12/2006
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