martes, octubre 10, 2006

Los Jurados Ciudadanos: Un mecanismo de participación ciudadana para gobiernos locales urbanos o metrópolis

Los mecanismos de participación ciudadana, tan venido a moda en el Perú y también en el resto de Latinoamérica, surgen por diferentes causas estructurales, instrumentales, políticas e ideológicas, entre las que podemos mencionar el debilitamiento de la democracia representativa; una desafección política merced a la crisis del sistema de partidos; la reconstrucción de una identidad política desde la izquierda; e, incluso, como espada de legitimación social del gobernante local con miras o no a una reelección.

Pero al margen de las explicaciones causales respecto al origen de la participación ciudadana, nuestro propósito en los siguientes párrafos es hacer una descripción más o menos sucinta del funcionamiento de los jurados ciudadanos, mecanismo de participación en Europa, y que recibe distintas denominaciones según el país donde operan: “citizen juris” en Gran Bretaña; “células de planificación” en Alemania; y simplemente jurados ciudadanos en España o “núcleos de intervención participativa” (NIP).

A diferencia de los presupuestos participativos del Perú, los jurados ciudadanos son “procesos” de consulta que no están regulados normativamente; pues se otorga a la participación política un sustrato de tinte iusnaturalista y no tanto positivista. Esta particularidad hace que se corrija, aún sin quererlo, el lastre de uniformizar la participación en todos los gobiernos locales, pues al igual que el Perú -aunque con mucho menor grado- España no es un país homogéneo, siendo los gallegos, vascos, catalanes, distintos culturalmente.

Este modelo de participación es del tipo “top down” (de arriba hacia abajo), en el que un número de ciudadanos -empadronados en el municipio- son sorteados, a fin de deliberar durante 3 días respecto a una determinada política pública local que se pone en consideración. El número de participantes normalmente es de 75, todos con permiso laboral con goce de haber mientras dure el “proceso”, y en caso existan ciudadanos que no quieran participar (pues es un derecho y no una obligación) se designan accesitarios.

Los participantes se dividen en 2 ó 3 comisiones o subjurados que funcionan en paralelo con la misma agenda. Durante los 3 días son capacitados e informados escrupulosamente por técnicos de la administración pública, intelectuales, o docentes especializados en la materia. Las organizaciones sociales de base, los partidos políticos, los gremios, y otros colectivos, reivindican sus demandas ante estos jurados ciudadanos, constituyéndose en voces útiles que aportan mayores elementos de juicio a la hora de la deliberación.

Si bien la iniciativa de este mecanismo de participación proviene del gobierno local, la gestión (a veces cogestión) y organización del proceso queda en manos de un tercero que actúa a manera de facilitador (ONG, consultoras independientes, universidades, etc.). Al final del proceso deliberativo los participantes responden -individual y anónimamente- un cuestionario elaborado técnicamente, el cual engloba preguntas de fondo referidas al tema sobre el que se ha polemizado.

Posteriormente, y a partir de las respuestas arrojadas por el cuestionario, los participantes expresan sus conclusiones sobre la política pública discutida en un dictamen elaborado por los facilitadotes, dictamen normalmente de carácter vinculante, consistente en el rechazo o aprobación de la política local sometida a consideración. Conviene sí advertir que el objeto de deliberación o temática (agenda) lo decide el gobierno local; mientras que los partidos políticos consensúan sobre los agentes encargados de capacitar o brindar información sobre el tema, y sobre el contenido del cuestionario.
Quizá, resultaría tentativo experimentar este modelo en algunos distritos de Lima Metropolitana, los más ricos en recursos (Surco, Miraflores, San Isidro, San Borja, etc.), cuyos contextos permiten implantar este tipo de mecanismos. Al fin y al cabo no existen jerarquías entre los mecanismos participativos, menos superioridad de unos sobre otros. Lo que sí se da es la funcionalidad o no de un modelo, dependiendo de la realidad cultural, social, política, y económica en la que se pretende implantar, y de las condiciones que predeterminarían su funcionamiento.
05/10/2006
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